Realizamos en cada semestre, centralizadamente los análisis y cálculos necesarios para obtener a los beneficiarios de la rebaja de arancel por carga académica disminuida. Esto es en la segunda quincena de abril y de octubre de cada año. Lo anterior según lo estipulado en el artículo sexto del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.
No, ésta se realiza en forma centralizada
Te llegará un mensaje a tu correo institucional, informándote que fuiste beneficiado.
1. Tener calidad de alumno regular en el semestre evaluado.
2. Haber reprobado asignaturas en períodos anteriores al semestre evaluado.
3. No haber egresado de la carrera.
4. Poder inscribir, según malla y prerrequisitos, una carga académica máxima de 3 asignaturas en el semestre evaluado. Asignaturas anuales se contabilizarán como inscritas en el primer y segundo semestre del año.
5. Si la Reglamentación de la Universidad Mayor vigente permite al (a la) alumno(a) tomar cuatro o más asignaturas, y éste voluntariamente no lo hace, no tendrá derecho a los descuentos establecidos en esta cláusula.
6. No tener inscritas asignaturas con actividad clínica, según el plan de estudios.
7. No estudiar carreras del Conservatorio.
8. El plan de estudios debe contemplar una cantidad mínima de asignaturas en el semestre que corresponda al nivel de estudios al que pertenezca el estudiante en el semestre evaluado, el cual se determinará por el nivel de la asignatura más adelantada que tenga inscrita en dicho semestre.
N° Asignaturas inscritas | Cantidad mínima de asignaturas del nivel |
1 | 4 |
2 | 5 |
3 | 7 |
El porcentaje de descuento en el Arancel semestral
Sólo si cumple los requisitos para ser considerado dentro de los candidatos a rebaja, los porcentajes son los siguientes:
N° Asignaturas inscritas | % Descuento |
1 | 35% |
2 | 20% |
3 | 10% |
9. El beneficio de rebaja no es compatible con otros beneficios internos, de mayor cobertura.
10. Este beneficio no es compatible con la rebaja por reglamento que reciben los alumnos de último año.
11. La rebaja no aplica para programas de postgrado o programas impartidos por el Conservatorio de música.
Lo anterior está claramente expresado en la cláusula novena del contrato de prestación de Servicios Educacionales que se comparte a continuación:
Este descuento no será acumulable a otros descuentos que otorgue la Universidad. Este descuento no procederá en los casos siguientes:
Si la Reglamentación de la Universidad Mayor vigente permite al (la) alumno(a) tomar cuatro o más asignaturas, y éste voluntariamente no lo hace, no tendrá derecho a los descuentos establecidos en esta cláusula.”
Información de la obtención del beneficio y su aplicación:
La realización de este proceso es centralizada, para obtenerlo no debe postular, solamente se debe cumplir con los requisitos para tal efecto.
Este proceso será realizado cada semestre y se llevará a cabo al momento de que se encuentren cerrados los movimientos académicos, generalmente en los meses de abril y octubre de cada año, aplicándose el descuento a comienzo del mes siguiente de realizado cada proceso.
Aplicación de la rebaja
Se enviará una comunicación al correo institucional del estudiante informando si fue beneficiado con el descuento.
Si está pagando en cuotas, la aplicación del descuento será desde la última cuota del arancel del año actual hacia atrás.
En aquellas situaciones en que no haya pagos en cuotas o que quede remanente luego de pagar todas las cuotas vigentes se aplicará el descuento en el siguiente orden de prioridad: