Servicios y Beneficios Financieros

Rebaja de arancel por carga académica disminuida

¿Qué Hacemos?

Realizamos en cada semestre, centralizadamente los análisis y cálculos necesarios para obtener a los beneficiarios de la rebaja de arancel por carga académica disminuida. Esto es en la segunda quincena de abril y de octubre de cada año. Lo anterior según lo estipulado en el artículo sexto del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.

Preguntas frecuentes


No, ésta se realiza en forma centralizada



Te llegará un mensaje a tu correo institucional, informándote que fuiste beneficiado.




1. Tener calidad de alumno regular en el semestre evaluado.


2. Haber reprobado asignaturas en períodos anteriores al semestre evaluado.


3. No haber egresado de la carrera.


4. Poder inscribir, según malla y prerrequisitos, una carga académica máxima de 3 asignaturas en el semestre evaluado. Asignaturas anuales se contabilizarán como inscritas en el primer y segundo semestre del año.


5. Si la Reglamentación de la Universidad Mayor vigente permite al (a la) alumno(a) tomar cuatro o más asignaturas, y éste voluntariamente no lo hace, no tendrá derecho a los descuentos establecidos en esta cláusula.


6. No tener inscritas asignaturas con actividad clínica, según el plan de estudios.


7. No estudiar carreras del Conservatorio.


8. El plan de estudios debe contemplar una cantidad mínima de asignaturas en el semestre que corresponda al nivel de estudios al que pertenezca el estudiante en el semestre evaluado, el cual se determinará por el nivel de la asignatura más adelantada que tenga inscrita en dicho semestre.


N° Asignaturas inscritas Cantidad mínima de asignaturas del nivel
1 4
2 5
3 7

El porcentaje de descuento en el Arancel semestral


Sólo si cumple los requisitos para ser considerado dentro de los candidatos a rebaja, los porcentajes son los siguientes:

N° Asignaturas inscritas % Descuento
1 35%
2 20%
3 10%


9. El beneficio de rebaja no es compatible con otros beneficios internos, de mayor cobertura.


10. Este beneficio no es compatible con la rebaja por reglamento que reciben los alumnos de último año.


11. La rebaja no aplica para programas de postgrado o programas impartidos por el Conservatorio de música.


Lo anterior está claramente expresado en la cláusula novena del contrato de prestación de Servicios Educacionales que se comparte a continuación:


  • “NOVENO: Las asignaturas que impartirá la Universidad en cada período académico serán aquellas que correspondan al plan de estudios vigente, de conformidad a lo establecido en la cláusula precedente. Para inscribir cada una de las asignaturas, el (la) alumno deberá cumplir los requisitos y prerrequisitos establecidos en el respectivo plan de estudios. Por lo anterior, si el (la) alumno (a)repite alguna asignatura y/o no la inscribe puede ver afectado su avance académico por no poder cursar asignaturas para las cuales las reprobadas o no cursadas pueden ser prerrequisito
  • En caso que, por haber reprobado asignaturas, el (la) alumno(a) sólo pueda cursar tres o menos asignaturas, en un período académico determinado, sea anual o semestral, tendrá derecho a solicitar un descuento del valor del arancel en su proporción semestral, en el siguiente porcentaje según el número de asignaturas por nivel: a) El(a) alumno(a) que pueda cursar sólo una asignatura contemplando el nivel correspondiente para el semestre cuatro o más asignaturas, tendrá derecho a solicitar un descuento del 35% del valor del arancel semestral. b) El(la) alumno(a) que pueda cursar sólo dos asignaturas contemplando el nivel correspondiente para el semestre cinco o más asignaturas, tendrá derecho a solicitar un descuento del 20% del valor del arancel semestral. c) El(la) alumno(a) que pueda cursar sólo tres asignaturas contemplando el nivel correspondiente para el semestre siete o más asignaturas, tendrá derecho a solicitar un descuento del 10% del valor del arancel semestral. Las asignaturas anuales serán consideradas como una asignatura en cada semestre. El nivel en que se encuentre el estudiante será aquel que corresponda a la asignatura que puede cursar asociada al nivel más adelantado de la carrera.

Este descuento no será acumulable a otros descuentos que otorgue la Universidad. Este descuento no procederá en los casos siguientes:

  • a) Respecto de las carreras impartidas en el Conservatorio de Música;
  • b) Cuando la o las asignaturas que deba cursar el alumno sean asignaturas clínicas.

Si la Reglamentación de la Universidad Mayor vigente permite al (la) alumno(a) tomar cuatro o más asignaturas, y éste voluntariamente no lo hace, no tendrá derecho a los descuentos establecidos en esta cláusula.”

Información de la obtención del beneficio y su aplicación:

La realización de este proceso es centralizada, para obtenerlo no debe postular, solamente se debe cumplir con los requisitos para tal efecto.

Este proceso será realizado cada semestre y se llevará a cabo al momento de que se encuentren cerrados los movimientos académicos, generalmente en los meses de abril y octubre de cada año, aplicándose el descuento a comienzo del mes siguiente de realizado cada proceso.


Aplicación de la rebaja

Se enviará una comunicación al correo institucional del estudiante informando si fue beneficiado con el descuento.

Si está pagando en cuotas, la aplicación del descuento será desde la última cuota del arancel del año actual hacia atrás.

En aquellas situaciones en que no haya pagos en cuotas o que quede remanente luego de pagar todas las cuotas vigentes se aplicará el descuento en el siguiente orden de prioridad:

  • Si tiene financiamiento CAE, se hará un prepago de este crédito por el monto remanente, ya que la Universidad es garante ante la entidad que lo otorgó.
  • Si el pago se realizó al contado del arancel completo, se procede a la devolución del monto equivalente a la rebaja. Para efectuar la devolución se contactará al estudiante.
  • Si el arancel está financiado en su totalidad con becas Ministeriales, se procederá a la restitución del monto de la rebaja al Ministerio.
  • Otras situaciones que puedan suceder según la combinación de formas de pago serán abordadas en forma particular por la unidad de Gestión Financiera.
  • El descuento no es acumulable con otros descuentos o Becas de que pudiera ser beneficiario el alumno respectivo, ya sea en virtud de otros convenios celebrados con la Universidad, así como ningún otro.
  • En caso de que un/a estudiante sea asignatario/a de Gratuidad, todos los descuentos y beneficios internos establecidos serán eliminados. En caso de que un/a alumno/a sea beneficiario/a de arancel ajustado, todos los descuentos serán calculados sobre el arancel institucional y no será acumulable con el monto del ajuste.

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